Por dictamen ordinario N°1771/88 la Dirección del Trabajo precisó en qué condiciones o circunstancias es procedente que el empleador disponga feriado colectivo para sus trabajadores.
Lea nuestro nuevo boletín laboral, a cargo de nuestro socio Óscar Gajardo Uribe
7 BOLETIN LABORAL - Feriado Colectivo