Los invitamos a leer nuestro nuevo boletín laboral escrito por nuestro abogado experto en la materia Óscar Gajardo Uribe, en el que aborda, en lo medular, la sentencia pronunciada por la Excma. Corte Suprema, con fecha 18 de Marzo pasado, por medio de la cual determinó la correcta interpretación del artículo 510 del Código del Trabajo, distinguiendo el plazo de prescripción aplicable a los derechos irrenunciables con respecto a aquellos que, superando el mínimo legal, sí son disponibles por las partes.
Interpretación del artículo 510 del Código del Trabajo