1.LEYES.

1.1 LEY N° 21.348 – FACULTA AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA PARA ASEGURAR EL USO PRIORITARIO DEL AGUA PARA EL CONSUMO HUMANO, EL SANEAMIENTO Y EL USO DOMÉSTICO DE SUBSISTENCIA, DURANTE LA VIGENCIA DE UN ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE CATÁSTROFE POR CALAMIDAD PÚBLICA, publicada el 17 de junio de 2021. (http://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2021/06/17/42981/01/1961629.pdf).

Busca que en periodos de excepción constitucional – como el que actualmente se encuentra vigente – y considerando que el derecho al agua es un derecho fundamental, más aún en zonas que no pueden abastecerse del mínimo que se requiere de este elemento, el Presidente de la República asegure el acceso a la misma para todas las personas.

2.DECRETOS MINISTERIO DE SALUD.

2.1 Decreto Supremo N° 19, del 30 de abril de 2021, del Ministerio de Salud, MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 405, DE 1983, DEL MINISTERIO DE SALUD, REGLAMENTO DE PRODUCTOS PSICOTRÓPICOS, publicado en el Diario Oficial el 29 de junio de 2021 (https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2021/06/29/42989/01/1968388.pdf).

Agrega un nuevo psicotrópico a la Lista I, norma que se encuentra vigente a partir del primero de julio. La disposición actualizada se encuentra disponible en https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=13066 

2.2 Decreto Supremo N° 24, del 15 de junio de 2021, del Ministerio de Salud, PRORROGA VIGENCIA DEL DECRETO Nº 4, DE 2020, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE DECRETA ALERTA SANITARIA POR EL PERÍODO QUE SE SEÑALA Y OTORGA FACULTADES EXTRAORDINARIAS QUE INDICA POR EMERGENCIA DE SALUD PÚBLICA DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL (ESPII) POR BROTE DEL NUEVO CORONAVIRUS (2019-NCOV), publicado en el Diario Oficial el 18 de junio de 2021 (https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1161672&idParte=10244714).

Prorroga la alerta sanitaria dispuesta mediante el D.S. 4, de 2020, del Minsal (ver numeral ____ de este documento) hasta el 30 de septiembre de 2021. La norma actualizada se encuentra en https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1142163.

3.OTROS DECRETOS.

3.1 Decreto Supremo N° 152, del 25 de junio de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, EXTIENDE VIGENCIA DEL DECRETO SUPREMO Nº 102, DE 2020, DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, QUE DISPONE EL CIERRE TEMPORAL DE LUGARES HABILITADOS PARA EL INGRESO Y EGRESO DE EXTRANJEROS, POR EMERGENCIA DE SALUD PÚBLICA DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL (ESPII) POR BROTE DEL NUEVO CORONAVIRUS (2019-NCOV), publicado en el Diario Oficial el 30 de junio de 2021 (https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2021/06/30/42990/01/1970268.pdf).

La disposición actualizada se encuentra disponible en https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1143540 

3.2 Decreto Supremo N° 153, del 25 de junio de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, PRORROGA DECLARACIÓN DE ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE CATÁSTROFE, POR CALAMIDAD PÚBLICA, EN EL TERRITORIO DE CHILE, Y DESIGNA A LOS JEFES DE LA DEFENSA NACIONAL, SEGÚN SE INDICA, publicado en el Diario Oficial el 30 de junio de 2021 (https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2021/06/30/42990/01/1970269.pdf).

La disposición actualizada se encuentra disponible en https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1143580.

4.RESOLUCIONES MINSAL.

4.1 Resolución Exenta N° 542, del 7 de junio de 2021, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, INVITA A PRESENTAR ANTECEDENTES PARA INCORPORACIÓN EN LISTADOS DEL PÁRRAFO 6 Y 7 DEL TÍTULO VIII DEL DECRETO Nº 42, DE 2020, DEL MINISTERIO DE SALUD, REGLAMENTO DE LA LEY NACIONAL DEL CÁNCER, publicado en el Diario Oficial el 16 de junio de 2021 (https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2021/06/16/42980/01/1961123.pdf) 

Invita a las asociaciones científicas y fundaciones u organizaciones de pacientes a presentar los antecedentes para incorporarse, según corresponda, a los listados del párrafo 6 y 7 del Título VIII del Reglamento de la Ley Nacional del Cáncer. Cabe destacar que de acuerdo al artículo 52 de dicha norma, integrarán la Comisión Nacional del Cáncer cinco representantes de asociaciones científicas y tres representantes de fundaciones u organizaciones de pacientes.

5.OTRAS RESOLUCIONES.

5.1 Resolución Exenta N° 958, del 22 de junio de 2021, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, APRUEBA NORMAS TÉCNICAS PARA CERTIFICACIÓN DE ENFERMO TERMINAL, publicado en el Diario Oficial el 26 de junio de 2021 (https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2021/06/26/42988/01/1967238.pdf

Establece los criterios para acreditar la condición de enfermo terminal, como asimismo, la forma en la que el Consejo Médico debe determinar la certificación de enfermo terminal del afiliado solicitante, en virtud de la cual se establecen criterios que se dividen en tres categorías: de exclusión, por especialidad clínica y generales de aprobación. 

6.RESOLUCIONES INSTITUTO DE SALUD PUBLICA

6.1 Resolución Exenta Nº 1110, de 16 de junio de 2021, APRUEBA EL DOCUMENTO «TRABAJO REPETITIVO DE MIEMBROS SUPERIORES» ORIENTACIONES PARA SU EVALUACIÓN EN ENTORNOS LABORALES.

Esta norma – disponible en https://www.ispch.cl/wp-content/uploads/resoluciones/31103_1110-2021.pdf – entrega orientaciones básicas para la gestión del riesgo, en trabajos donde se utilizan los miembros superiores y que se caracterizan por ser repetitivos. Se presenta como complemento de las notas técnicas de la sección de ergonomía del ISP, referidas a las exigencias físicas: «Fuerza, conceptos básicos y orientaciones para su evaluación en entornos laborales» y «Gestión del riesgo postural, orientaciones para la evaluación en entornos laborales».

6.2 Resolución Exenta Nº 1176, de 23 de junio de 2021, ACTUALIZA BASES DEL PROGRAMA DE EVALUACIÓN DE CENTROS AUDIOMÉTRICOS.

Esta norma – disponible en https://www.ispch.cl/wp-content/uploads/resoluciones/31104_1176-2021.pdf – está dirigida a los Centros Audiométricos que realizan Evaluación Audiológica Médico Legal, y tiene por objeto establecer los requisitos mínimos audiológicos, técnicos y de gestión que deben cumplir, de forma de garantizar la calidad en este tipo de evaluaciones, y como consecuencia, asegurar la correcta determinación de la incapacidad de ganancia tal como lo establece la Ley 16.744.

6.3 Resolución Exenta Nº 1.239, de 30 de junio de 2021, APRUEBA EL DOCUMENTO «GUÍA PARA LA GESTIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO: JUSTICIA ORGANIZACIONAL».

Esta norma – disponible en https://www.ispch.cl/wp-content/uploads/resoluciones/31116_1239-2021.pdf – busca entregar orientaciones para incorporar la Justicia Organizacional en la gestión de los riesgos psicosociales por parte de las empresas e instituciones del país, entendiendo por tal el conjunto de percepciones que tienen los trabajadores/as respecto a lo que es justo en la organización en la cual se desempeñan.

6.4 Resolución Exenta Nº 1.273, de 30 de junio de 2021, APRUEBA EL DOCUMENTO «GUÍA PARA LA GESTIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO: JUSTICIA ORGANIZACIONAL».

Esta norma se encuentra disponible en https://www.ispch.cl/wp-content/uploads/resoluciones/31117_1273-2021%20OP.pdf

7.CIRCULARES SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

7.1 Oficio Circular IF N° 29 de fecha 16 de junio de 2021, Imparte instrucciones sobre el artículo primero transitorio de la Ley 21.350, que deja sin efecto los ajustes de precio informados por las isapres en los años 2020 y 2021, disponible en https://www.supersalud.gob.cl/normativa/668/articles-20161_recurso_1.pdf.

Señala los beneficiarios, requisitos, monto del bono, plazos, procedimiento y pago, entre otros aspectos, del bono para trabajadores independientes que han hecho uso de una o más licencias médicas preventivas parentales en las condiciones que señala la Ley N°! 21.351.

8.INSTRUCCIONES DE LA SUPERINTENDENCIA DE SALUD

8.1 CIRCULAR IF/ Nº 382, de 24 de junio de 2021, Instruye a los prestadores de salud para que informe a sus pacientes sobre su posible con situación de enfermo terminal, su derecho al beneficio de la Ley N° 21.309, y la entrega de los antecedentes correspondientes, disponible en http://www.supersalud.gob.cl/normativa/668/articles-20187_recurso_1.pdf.

Establece la información que deben entregar los prestadores de salud al posible enfermo terminal la oportunidad y forma y oportunidad en la cual esta debe materializarse. De la misma manera, regula la tramitación de la solicitud de certificación de su condición de salud. Finalmente, otorga la competencia para resolver las controversias que se susciten con ocasión de este tema a la Superintendencia de Pensiones.

8.2 CIRCULAR IF/ Nº 384, de 30 de junio de 2021, Gobierno Corporativo de las Isapres, https://www.supersalud.gob.cl/normativa/668/articles-20191_recurso_1.pdf.

Busca promover principios, normas internas y buenas prácticas en las isapres que permitan disminuir los riesgos a que se exponen sus procesos, de tal manera que se propenda al adecuado cumplimiento de los derechos emanados del contrato de salud y de la normativa legal vigente, contribuyendo, además, con el mejor desempeño de las Instituciones de Salud Previsional.

Su vigencia se encuentra diferida para el primer de junio de 2022, sin perjuicio de lo cual instruye a las isapres enviar su primer informe de autoevaluación de Gobierno Corporativo hasta el 30 de junio de ese año..

8.3 OFICIO CIRCULAR IF/ Nº 31, de 22 de junio de 2021, Instruye cumplimiento y difusión de la supresión de las carencias para los subsidios por incapacidad laboral por Covid-19, disponible en https://www.supersalud.gob.cl/normativa/668/articles-20181_recurso_1.pdf.

Instruye a las isapres que deben informar a sus cotizantes y capacitar a sus dependientes en lo que se refiere a la aplicación del Artículo 9° de la Ley Nº 21.342, en cuanto a la eliminación del período de carencia de las licencias médicas mientras se encuentra vigente la alerta sanitaria.

8.4 CIRCULAR IP/Nº 52, del 11 de junio de 2021, ESTABLECE PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE ACCESO, PARA ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS QUE EJERCEN FUNCIONES EN EL SECTOR SALUD, A LOS DATOS RELATIVOS A LAS INSCRIPCIONES DEL REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES INDIVIDUALES DE SALUD, A TRAVÉS DE LA APLICACIÓN «API», disponible en http://www.supersalud.gob.cl/normativa/668/w3-article-20126.html.

La aplicación API es una interfaz de programación de aplicaciones informáticas que permite extraer, desde la base de datos del Sistema del Registro de Prestadores Individuales, de forma consolidada, los datos de las personas inscritas en favor de determinados usuarios, mediante el número de cedula nacional de identidad, o por el número de su inscripción en dicho Registro, o por otros parámetros de búsqueda que se implementen en el futuro por la Superintendencia de Salud.

Esta circular establece instrucciones generales, regulación de la solicitud para acceder al sistema y el contenido y forma de ejecución de los convenios que se suscriban en este ámbito.

9.DISPOSICIONES COVID

9.1 Decreto Supremo N° 4, de 8 de febrero de 2020, del Minsal, Decreta alerta sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-Ncov), cuyo texto actualizado se encuentra en disponible en https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1142163 .

Se prorrogó su vigencia hasta el 30 de septiembre de 2021.

9.2 Decreto Supremo N° 102, de 16 de marzo de 2020, del Ministerio el Interior, Que dispone el cierre temporal de lugares habilitados para el ingreso y egreso de extranjeros, por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV), cuyo texto actualizado se encuentra en disponible en https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1143540.

Se prorrogó su vigencia hasta el 14 de julio de 2021.

9.3 Resolución N° 997, del 18 de noviembre de 2020, del Minsal, DISPONE MEDIDAS SANITARIAS PARA EL INGRESO AL PAÍS POR BROTE DE COVID-19, cuyo texto actualizado se encuentra en disponible en https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1151940.

Se realizaron una serie de modificaciones mediante la Resolución N° 590, del 24 de junio de 2021, del Minsal.

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